Hola.
¿Alguien puede aclararme si los restaurantes están obligados a
ofrecer un menú que incluya postre, pan y bebida? De verdad, no lo sé. Estoy
leyendo sobre ello pero no me aclaro. Pero independientemente de su obligación
o no, una de las motivaciones por la que estoy buscando menús es precisamente
el intentar encontrar la razón por la cual algunos restaurantes, pocos, muy
pocos al menos por mi experiencia, parecen sentirse incómodos cuando no ha
disgusto ofreciéndolos.
Ya expliqué en mi primer mensaje este hecho y siempre me viene a
la memoria una anécdota que me contó hace muchos años mi buen amigo Cristobal,
sibarita de la cantidad, el cual sufrió el mismo desaire en un restaurante de
una importante capital. Es lo que podemos llamar el efecto Dr. Jeckyl y Mr.
Hide de los restaurantes donde en cuanto pides el menú, la bestia que está
solapada salta como una pantera para amargarte la comida o la cena.
Y mi pregunta es clara y directa. Si están a disgusto, si no ganan
dinero, si les parece impropio, si les hace perder el tiempo, si creen que
están para cosas más altas, si que se yo, ¿por qué narices lo ofrecen?
Repito que a estas alturas no tengo muy claro si los restaurantes
están obligados a tener un menú pero si es una cuestión económica, que lo
pongan a un precio que ellos encuentren “decente” o que lo ofrezcan de acuerdo
a lo que ellos estimen mínimo o necesario para cumplir sus expectativas. Otra
cosa es lo que pensemos los usuarios. Pero que no hagan pagar a los usuarios
con el desaire ya que no hacemos otra cosa que acudir a su reclamo. Es tan fácil
como no publicitarlo.
Es cierto que son una gota en el Oceáno ya que la mayoría de
nuestros menús son ofrecidos y servidos con gusto. Gracias a ellos, yo estoy
buscándolos.
Suerte.
Buenos días:
ResponderEliminarÉste tema es de eterna discusión. Los chefs reconocen que la legislación les obliga a dar menú del día. La Ley dice lo siguiente.
"Los restaurantes clasificados como de tres, dos y un tenedor tienen la obligación de ofrecer al público al menos un menú de la casa que se confeccionará por las empresas de acuerdo con las posibilidades del mercado de cada día y del tipo de cocina que ofrezcan. El "menú de la casa" y el "plato combinado de la casa" (que es la denominación que reciben conforme a lo establecido por la Orden de 29 de julio de 1978 sobre modificación de menús y cartas en restaurantes y cafeterías) suponen que bajo un precio global se van a incluir un menú y también el pan vino y postre"
Eso significa que los Restaurantes de lujo y de primera categoría no tienen obligación de ofrecerlo, (Orden de 29 de julio de 1978).
El régimen legal de las cafeterías, difiere en lo que respecta a la obligación de ofrecer a los clientes un "plato combinado de la casa", ya que deberán de ofrecerlo todas las cafeterías con independencia de cual sea la categoría que tengan asignada en las mismas condiciones que las establecidas para el caso de los restaurantes.
En Cataluña no hay obligación de ofrecer menú del día (Decreto de 21 de noviembre de 1990 y el Decreto de 4 de noviembre de 1994).
En Baleares han copiado la legislación catalana y tampoco obligan al menú.
Gracias por poder compartir!
Saludos